domingo, 30 de mayo de 2010

FISCAL ANTI MAPUCHE



La Corte Suprema de la justicia chilena acogió el recurso de amparo preventivo en favor del peñi Daniel Lincopan dirigente mapuche de la zona del lago Lleu Lleu, en Arauco, quien fue detenido de forma matonezca en Cañete, en el marco de la persecución contra el movimiento mapuche en la zona.

Los hechos se remontan al 23 de diciembre cuando desconocidos sin identificarse, detuvieron al peñi Lincopan, dirigente de la comunidad Juan Lincopan de Ranquilhue en Lleu Lleu, quien se desplazaba junto a su hija de 7 años, por el centro de Cañete. Los desconocidos más tarde fueron identificados como personal del Servicio de Inteligencia de Carabineros.

La orden de detención fue emitida por el fiscal antimapuche Andrés Cruz, con el objeto de interrogar al peñi, en el marco de la investigación por "asociación ilícita" en base a acciones de resistencia en la zona de Lleu Lleu. En la ocasión, el peñi fue derivado en contra de su voluntad, hasta la Fiscalía de Talcahuano donde permaneció por más de 5 horas.

La supuesta declaración de un testigo protegido menor de edad es el único sustento del fiscal para involucrar al peñi Lincopan y a varios de los presos políticos de Lleu Lleu que hoy estánencarcelados en Lebu, con medidas cautelares y en clandestinidad.

Esto dio paso a la presentación de un recurso de amparo preventivo en la Corte de Apelaciones de Concepción, recurso que fue rechazado el pasado 21 de enero, en primera instancia.

Frente a la negativa del tribunal de alzada, la familia del peñi recurrió a la Corte Suprema, organismo que hoy revocó la resolución de primera instancia acogiendo de paso el amparo preventivo en favor del dirigente y su familia.

La resolución de la Suprema señala que el Ministerio Público, a través del fiscal Andrés Cruz, dio una instrucción sin la autorización del juez de garantía competente, violando de esta forma la garantía constitucional de libre desplazamiento.

Frente a la evidente violencia en el actuar de los fiscales y sus policías, la justicia chilena no ve más que reconocer ciertos "errores de procediemiento" a modo de calmantes. A raiz de ello, la fiscalía argumentó un "error de tipeo" que llevó a confundir la voluntariedad para la declaración con la obligatoriedad que produjo la detención.


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